viernes, 6 de febrero de 2015

“DENUNCIA DE USURPACION, DE UN EMPRESARIO INMOBILIARIO”



Nuestro Presidente de la Comunidad Mario Tolaba, se entrevistó con el Secretario de Derechos Humanos, Martin García Caínzo, con el  fin de entregarle, una nota firmada por los 14 Pueblos Originarios de la Provincia de Salta, solicitando intervenga  ante los atropellos sufre el Pueblo Lule.

Los  atropellos por parte de Edgardo Bellini empresario agropecuario e inmobiliaros, son violentos. Si bien posee un inmueble cercano a la Propiedad Comunitaria, pero pretende quedarse con una fracción del Territorio Relevado por Instituto Nacional de Asuntos Indigenas.

Tolaba manifestó a García Caínzo que Bellini ha levantado falsas denuncias con el fin de obtener exclusión de las autoridades de la Comunidad, y que de forma violenta a destrozado los alambrados perimetrales de la Comunidad, ha dejado los animales a la calle, y que ha construido una casilla pretendiendo quedarse con dicha parcela.


Tolaba también señalo que realizo varias denuncias al respecto pero que la justicia solo toma las denuncias de Bellini, quien viola la orden de no innovar.

Así mismo recalcó que la zona es reconocida por el INAI como territorio Lule, y que el mencionado espacio ha sufrido desmontes y la justicia no acciono, y expreso: “cuando nuestros hermanos cortan un palo para leña son denunciado, pero Bellini desmonta y no pasa nada”.

García Caínzo, accedió a reunirse con el fin de mediar, y solicitar se tomen las medidas necesarias para aplicar la ley 26.160 que ampara a los Pueblos Originarios.

jueves, 11 de diciembre de 2014

DOCUMENTO DE POSICIONAMIENTO POLITICO DE LOS REPRESENTANTES DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS CPI ANTE EL DECRETO PROVINCIAL Nº 3.505/14



CONSEJO DE PARTICIPACION INDIGENA DE SALTA

Salta, 10 de diciembre de 2014


El Cuerpo del CONSEJO DE PARTICIPACIÓN INDÍGENA en la Provincia de Salta, consiente de los Derechos  Indigenas de base colectiva, contemplados  en la CONSTITUCION NACIONAL, y LA LEY 26.160 

Venimos por este medio a rechazar categóricamente el Decreto Provincial Nº 3.505/14  tanto en la parte enunciativa, en los considerandos y su parte  resolutiva. Teniendo en cuenta que los mismos son interpretaciones parciales, y violatorias a los derechos consagrados en nuestro marco legal vigente.

 Ya que dicho decreto  desconoce la Ley Fundamental de la República Argentina, como lo es  Constitución Nacional en su Artículo 75 inciso 17, como fuente y marco legal de los Derechos Colectivos Indigenas en Argentina.

Que desconoce la Ley 26.160 y sus prorrogas, 26.554 y 26.894 de ORDEN PUBLICO Y de CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO  Y EFECTIVO en todo el territorio nacional. Dicha Ley establece la participación plena y efectiva de los Pueblos Originarios y sus Comunidades en el Programa de Relevamiento Territorial de Comunidades Indigenas a través del Consejo de Participación Indígena CPI.  

Que desconoce el Decreto Presidencial PEN  Nº 1122/2007 REGLAMENTACION DE LA LEY 26.160 DE EMERGENCIA EN MATERIA DE POSESION Y PROPIEDAD DE LAS TIERRAS QUE TRADICIONALMENTE  OCUPAN LAS COMUNIDADES INDIGENAS ORIGINARIAS DEL PAIS. 

Art. 2º designar al INAI organismo descentralizado dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, como Autoridad de aplicación de la Ley 26.160
Que habiéndose cumplido el mandato del Art. 3º del Decreto Presidencial PEN  Nº 1122/2007,
“El INAI aprobara los programas que fueren menester para la correcta implementación del Relevamiento técnico, jurídico, catastral de la situación dominial de las tierras ocupadas por comunidades indígenas del país”

En este sentido el decreto provincial Nº3505/14 no tiene en cuenta el artículo 3º del DECETO PEN 1122/2007
“Los citados programas deberán garantizar la cosmovisión y pautas culturales de cada pueblo, y la participación del Consejo de participación Indígena CPI en la elaboración y ejecución de los mismos, en orden de asegurar el derecho constitucional a participar en la gestión de los intereses que los afecten”

Que desconoce y viola la Ley Nacional Nº 24.071  ratificación del CONVENIO 169 DE LA ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT) que establece el  DERECHO A LA CONSULTA Y PREVIA  E INFORMADA;
Art. 6 los gobiernos deberán consultar a los Pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados, y en particular a través de sus instituciones participativas, cada vez que estos  prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente.
“Art. 13 los gobiernos deben respetar las culturas y los valores de los Pueblos interesados y su relación con las tierras o territorios que ocupan”…” el concepto tierra debe incluir el concepto de territorios, que incluye la totalidad del habitad de las regiones que los Pueblos Interesados ocupan o utilizan de alguna otra manera”.

Que no observa  las orientaciones de la DECLARACION DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS Y TRIBALES EN PAISES INDEPENDIENTES.
Es un instrumento Jurídico del Derecho Internacional, que incluyen nuevos enfoques en el marco de los Derechos Indigenas, que  reflejan las voluntades de los Estados en cuanto a una Política Indígena de reivindicación y reparación histórica de los Pueblos Originarios. Que las misma una herramienta orientativa de los principios y criterios que los Estados deben tener al aplicar los derechos de Pueblos Originarios.

“Que la Declaración de la ONU, se refiere textualmente  a la Participación de los Pueblos Indigenas en todas las decisiones que afectan a sus vidas, incluida la participación efectiva, en un sistema de gobierno democrático”
Que la Declaración de la ONU recomienda  a los Estados obtener el  CONSENTIMIENTO LIBRE PREVIO E INFORMADO de los Pueblos Indigenas.
            Martin T. Wierna toma conocimiento del rechazo categorico del Cuerpo de CPI




                     CPI Ceferino Zarate Coordinador de la UP da lectura al Documento en Rechazo al  dercreto provincial Nº 3505/14





 Miembros de la Coordinacion del Equipo Tecnico Operativo, toman actas de los documentos presentados



Por todo lo expresado, el  Cuerpo de CPI;

I.          Los representantes del CPI presentes en el marco de la  reunión de la Unidad Provincial, decide realizar como medida de protesta un “silencio simbólico” de dos horas en la jornada del día de la fecha, en total repudio de los contenidos del decreto provincial Nº 3.505/14 y hasta tanto se haga presente la Sra. Ministro de Derechos Humanos.
II.        El Cuerpo de CPI solicita por intermedio de la Sra. Ministra de Derechos Humanos audiencia sumarísima con el Sr. Gobernador de la Provincia de Salta.
III.      Repudiar enérgicamente la finalidad política del decreto provincial Nº 3.505/14  ya que existe una superposición de objetivos y  de tareas como así también de equipos y técnicos. El cual ya fue conformado legalmente a través de los Convenios Marco y específicos para la aplicación de la Ley 26.160, con la participación de la Nación a través del INAI, y de la Provincia a través del Ministerio de Derechos Humanos, y del Cuerpo del CPI en representación de los Pueblos Originarios, que es el Equipo Técnico Operativo (ETO) que viene realizando los relevamientos según la planificación de la Unidad Provincial (UP).

IV.      El cuerpo de CPI deja categóricamente aclarado que la presente medida no significa la interrupción parcial o completa del proceso de relevamiento territorial. Por el contrario exigirá la continuidad del Programa de Relevamiento en curso. Como así también ratificamos la legitimidad y el trabajo del actual convenio en vigencia, y las acciones del ETO concretadas hasta el presente.

V.        Que dicha medida será comunicada a todos los medios tanto escritos como audiovisuales de la provincia de Salta.



Ni un paso atras!!! 

domingo, 30 de noviembre de 2014

HOSTIGAMIENTO EN COMUNIDAD LULES



TRAS LA FINALIZACION DEL RELEVAMIENTO TERRITORIAL EN COMUNIDAD LULES
LA ADMINISTRACION  DE FINCA LAS COSTAS INICIA CAUSAS A LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD E INTENTA BLOQUEAR LOS CAMINOS Y PASOS VECINALES





Tras las notificaciones policiales recibidas por los miembros de la Comunidad Lules, se hizo evidente un expediente Nº 77/14 que tiene como objetivo limitar cada una de las acciones de los miembros de la Comunidad Lules para mantener  los territorios que tienen  posesión actual tradicional y publica. Tales acciones fueron ordenadas por la Fiscalía Penal Nº 2 de turno a cargo del Dr. Sosa Vallejos.
El Sr. Enrique Clement R. Fernández, Administrador de Finca Las Costas, inicio una serie de denuncias en contra de Angélica Rueda, y Palermo Calisaya, afectando los derechos colectivos de la totalidad de los miembros de ambas familias. Quienes se ven limitados a efectuar cuidados y mejoras en los  rastrojos que viven de manera histórica.

IRREGULARIDADES
Las familias denunciadas manifestaron que nunca se les hizo llegar ningún aviso de no innovar que se estila en estos casos, sino que la policía acudió a identificarlos y posteriormente les llego la denuncia.
Autoridades de la Comunidad Lules confirmaron que en Quebrada de Potrero Grande, hay personas que tienen el beneplácito de la Administración  de Finca Las Costas, pudiendo estos cerrar amplios campos de pastoreo que históricamente eran abiertos, y en el peor de los  casos  pertenecientes a otras familias que preferían el pastoreo  comunitario campo abierto.
El corte de acequias es una actividad ilegal, ya que priva de agua un derecho humano, hay personas que se toman atribuciones por encima de la ley.


PRIVACIÓN DEL ACCESO AL AGUA
En Potrero Grande, la familia Calisaya, es privada del derecho humano al agua, Daniel Calisaya expreso; “aquí hay gente que responde a la administración, que desconoce las acequias que construyeron los abuelos con sus propias manos, ahora pretenden que les paguemos por usar el agua de las acequias que ya estaba hecha cuando ellos llegaron”.

Con respecto a las denuncias expreso; “hay que cuidar el agua para beber, cercándola y dejar libre la de los animales y riego, para eso cortamos postes de mora árboles que nuestros padres plantaron en la huerta, pero por esa razón fuimos denunciados por tala, el administrador es una persona violenta e irrespetuosa, nunca se presenta, directamente acusa a los gritos con  actitudes muy autoritarias”…” es un desconocedor de las familias que viven y vivieron en la comunidad, incluso desconoce que otros administradores, prohibieron lo que el hoy permite”.
Hace poco, la Secretaria de Recursos Hídricos autorizaba a la Cienaga SRL para explotar agua de Potrero Grande, pero ponía restricciones a los residentes de la Comunidad Lules.

QUEBRADA DE LA PURUÑA
Angélica Rueda, comenzó la defensa de sus tierras, poniendo límites con un alambre a una persona, que no pertenece a la  que alambra sin control.



Doña Angélica se refirió a la cuestión; “hay un descontrol esta gente tiene permiso para alambrar, y crían chanchos como fabrica ensuciando la misma agua que no nos dejan usar diciendo que es para llevar a la ciudad, yo quiero decirle a la gente de Salta que están tomando agua sucia, aquí en la Puruña le permiten criar una chanchería gigante que tira sus desperdicios a la acequia que va para la ciudad, Medio Ambiente ya vino pero no le hace nada a esta gente, pero nosotros queremos sembrar y ya nos denuncian, me da rabia” …”esta gente es conflictiva tienen problemas con todos, ya le hicieron daño a muchas personas pero salen al otro día, salen en los diarios pero no hay justicia para nosotros”.

LOS PROCEDIMIENTOS
Las familias habrían sido denunciadas penalmente, cuyo fin es el amedrentamiento, y criminalizar la defensa de los derechos indígenas de la Comunidad Lules.
La Policía, habría llegado a Potrero Grande a entregar una Cedula de Notificación, con la presencia de Of. Ayudante Diego Tolaba (Subcomisaria Las Costas), Sargento Ayudante Vera Sergio (Criminalística) y Cabo Randazo Miguel (Criminalística).
Por su parte Medio Ambiente también se hizo presente, con gente que indago cual era la finalidad de las acciones realizadas por los Calisaya, y cuantas familias vivían, para retirarse sin más preguntas.


LAS AUTORIDADES DE LA COMUNIDAD LULES



Don Mario Tolaba Presidente de la Comunidad, se hizo presente en el hogar de la familia Calisaya, acudiendo con información del Relevamiento Territorial terminado para brindar su acompañamiento institucional y personal, al tiempo que expreso; “hemos dado participación a nuestra defensora la Dra. Mara Puntano, vamos hacer defensa de nuestra posesión que ya lo ha reconocido el Estado Nacional a través del Instituto Nacional de Asuntos Indigenas”.
Tolaba agrego; nuestra hermana Angélica Rueda es una luchadora, su familia ha vivido siempre en la Comunidad, hemos hecho contacto poniéndonos a su disposición con toda la Comisión Directiva y los CPI, para hacer valer los derechos de la Comunidad, y de todos sus miembros.

QUE PASA EN LAS ZONA
Hay turismo de aventura, acciones invasivas de practica de enduro, extracción de áridos, donde no se hace alusión a la Reserva Natural.



COMO SE VIVE
Los Miembros de la Comunidad Lules son privados de hacer mejoras en su vivienda como nuevas habitaciones e incluso estirar un alero. Según como se incrementa naturalmente los miembros de las familias, en poco tiempo el hacinamiento sería una consecuencia, de las restricciones.
Se ha prohibido la reparación de acequias para siembra, y para el ganado. En las zonas donde existe una red construida por la Comunidad cercana al límite con Villa San Lorenzo según las estaciones del año hay cortes prolongados, empeorando en otoño invierno.
El buen vivir puede ser un buen objetivo pero todavía es un anhelo con las restricciones establecidas actualmente, las cuales  no eran tan evidentes con los anteriores administradores en Las Costas.

LO QUE ESTÁ CLARO
El fortalecimiento y desarrollo Comunitario es un objetivo noble y de realización propia, ya que las políticas públicas serán conquistadas por medio de la lucha organizada. Existe una negación del reconocimiento del Pueblo Lule como sujeto de Derecho, y en consecuencia, existen prácticas políticas que apuntan al asistencialismo, y promoviendo el individualismo egoísta afortunadamente son bien identificados y repudiados por su connivencia con los que oprimen a los miembros de la Comunidad Lules.

INAUDITO
En estos días aparecieron postes con la intensión de cerrar el paso a Potrero Grande, estas atribuciones son repudiables expreso Don Mario Tolaba; “no existe respeto por la gente, desconocen la historia nuestra, y niegan que le hacen la vida imposible a los hermanos”


La verdad que la justicia no sabe que estos caminos eran de herradura hasta que los hermanos y vecinos de la zona se organizaron para hacer a pico y pala estos caminos y ahora ellos intentan privar el uso de los caminos, agrego; “que pasara en el caso de las urgencias médicas, las emergencias del día a día”.